La empresa contratante es responsable del control de que la formación sea adecuada y cumpla sus objetivos. Mientras que la entidad organizadora, en función de lo acordado, tendrá otras obligaciones
Empresa contratista . Beneficiario |
Entidad contratada. ORGANIZADORA |
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· Decide qué formación necesitan sus trabajadores y qué objetivos persigue |
· Gestionar las comunicaciones necesarias con FUNDAE. |
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· Facilita la información necesaria para gestionar correctamente la formación |
· Organizar y coordinar las acciones formativas. |
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· Facilita la participación de los trabajadores en las acciones formativas |
· Coordina la organización de los cursos |
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· Asume los costes correspondientes y conservar la documentación |
· Facilita la documentación necesaria para la correcta justificación de la formación. |
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· Aplicar la bonificación, cuando proceda y se hayan cumplido los requisitos. |
· Informa a la empresa de los trámites y obligaciones que debe cumplir. |
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· Colaborar en las actuaciones de comprobación y control que puedan realizar las administraciones competentes |
· Colaborar ante posibles actuaciones de seguimiento o comprobación. |
Aspectos clave
Tiene una base legal
- La figura de la encomienda de organización está contemplada en la normativa que regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, entre otras disposiciones, en la Ley 30/2015 y en el Real Decreto 694/2017.
- FUNDAE también proporciona
información y modelos relacionados con este procedimiento.
Deben firmarlo las partes correspondientes
- El acuerdo se formaliza entre la empresa
beneficiaria y la entidad organizadora, mediante sus representantes
correspondientes.
Debe definir claramente las responsabilidades
Más allá de los datos identificativos, es recomendable que el acuerdo determine con claridad:
- Qué actividades se encomiendan
- Qué obligaciones asume cada parte
- Cómo se gestionan los costes
- Cómo se articula la bonificación
- Qué documentación debe aportar y conservar cada parte
- Duración del acuerdo
- Condiciones de resolución
No todas las empresas tienen por qué gestionarlo externamente
- Una empresa puede organizar y gestionar su propia formación bonificada.
- La encomienda es especialmente
útil cuando la empresa prefiere externalizar la gestión administrativa y el
seguimiento del proceso.
También existen agrupaciones de empresas
- Varias empresas pueden participar en una agrupación para gestionar su formación bonificada, mediante los mecanismos previstos en la normativa.