Ir al contenido

Contrato de encomienda

¿Qué es y que implica para una empresa?
29 de septiembre de 2026 por
TalentPink, Pilar Hernández
Cuando una empresa quiere realizar formación bonificada a través de FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo) y decide externalizar su organización y gestión, puede formalizar un contrato de encomienda con una entidad organizadora.

Mediante este acuerdo, la empresa “encomienda” a la entidad organizadora determinadas funciones relacionadas con la organización, gestión y tramitación de la formación, en los términos establecidos entre ambas partes.

La empresa contratante es responsable del control de que la formación sea adecuada y cumpla sus objetivos. Mientras que la entidad organizadora, en función de lo acordado, tendrá otras obligaciones

Empresa contratista . Beneficiario
Entidad contratada. ORGANIZADORA

· Decide qué formación necesitan sus trabajadores y qué objetivos persigue

· Gestionar las comunicaciones necesarias con FUNDAE.

· Facilita la información necesaria para gestionar correctamente la formación

· Organizar y coordinar las acciones formativas.

· Facilita la participación de los trabajadores en las acciones formativas

· Coordina la organización de los cursos

· Asume los costes correspondientes y conservar la documentación

· Facilita la documentación necesaria para la correcta justificación de la formación.

· Aplicar la bonificación, cuando proceda y se hayan cumplido los requisitos.

· Informa a la empresa de los trámites y obligaciones que debe cumplir.

· Colaborar en las actuaciones de comprobación y control que puedan realizar las administraciones competentes

· Colaborar ante posibles actuaciones de seguimiento o comprobación.


Aspectos clave 

  • Tiene una base legal
  • La figura de la encomienda de organización está contemplada en la normativa que regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, entre otras disposiciones, en la Ley 30/2015 y en el Real Decreto 694/2017.
  • FUNDAE también proporciona información y modelos relacionados con este procedimiento.

  • Deben firmarlo las partes correspondientes
  • El acuerdo se formaliza entre la empresa beneficiaria y la entidad organizadora, mediante sus representantes correspondientes.

  • Debe definir claramente las responsabilidades
  • Más allá de los datos identificativos, es recomendable que el acuerdo determine con claridad:

    • Qué actividades se encomiendan
    • Qué obligaciones asume cada parte
    • Cómo se gestionan los costes
    • Cómo se articula la bonificación
    • Qué documentación debe aportar y conservar cada parte
    • Duración del acuerdo
    • Condiciones de resolución

  • No todas las empresas tienen por qué gestionarlo externamente
  • Una empresa puede organizar y gestionar su propia formación bonificada.
  • La encomienda es especialmente útil cuando la empresa prefiere externalizar la gestión administrativa y el seguimiento del proceso.

  • También existen agrupaciones de empresas
  • Varias empresas pueden participar en una agrupación para gestionar su formación bonificada, mediante los mecanismos previstos en la normativa.